loader image

DECLARACIÓN DE OPERACIONES CON TERCEROS

DECLARACIÓN DE OPERACIONES CON TERCEROS
DECLARACIÓN DE OPERACIONES CON TERCEROS

obligaciones de la declaración de operaciones con terceros

Las Obligaciones de la Declaración de Operaciones con Terceros son una serie de requerimientos legales que imponen a los contribuyentes la obligación de informar a la Administración Tributaria sobre sus operaciones con terceros. Estas obligaciones se encuentran reguladas en el artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) y en el artículo 95 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS).

Estas obligaciones tienen como objetivo principal el control de la actividad económica de los contribuyentes y evitar el fraude fiscal. Esto se logra a través de la exigencia de información sobre los ingresos y gastos de los contribuyentes, así como de sus relaciones con terceros.

Las obligaciones de la Declaración de Operaciones con Terceros establecen que los contribuyentes deben presentar una declaración anual de sus operaciones con terceros.

Requisitos

La Declaración de Operaciones con Terceros es un documento que se debe presentar ante la Administración Tributaria para informar sobre las operaciones realizadas con terceros durante un determinado periodo de tiempo. Esta declaración es obligatoria para todas las personas que realicen operaciones con terceros, como compras, ventas, prestación de servicios, entre otros.

Para realizar la Declaración de Operaciones con Terceros, se deben cumplir ciertos requisitos. En primer lugar, se debe contar con una cuenta de impuestos, la cual puede ser solicitada en la Administración Tributaria. Además, es necesario contar con los documentos necesarios para realizar la declaración, como facturas, recibos o comprobantes de pago.

Recuerde que la declaración de operaciones con terceros debe presentarse durante el mes de febrero

Si durante el año 2021 su empresa efectuó operaciones con algún cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06 euros en su conjunto (IVA incluido) y no está dada de alta en el sistema de Suministro Inmediato de Información, recuerde que a partir del próximo 1 de febrero deberá presentar el modelo 347. 

Ahora bien, tenga en cuenta que este modelo es utilizado por Hacienda para cruzar datos, de forma que lo declarado por su empresa como compras o ventas a un determinado proveedor o cliente coincida con lo que éstos declaran como ventas o compras a su empresa. Por tanto es importante que lo rellene correctamente. A estos efectos, tenga en cuenta lo siguiente:

  • No deberá incluir aquellas operaciones de las cuales Hacienda ya tiene información a través de otras declaraciones.Esto sucede, por ejemplo, con las operaciones sujetas a retención.
  • Salvo las excepciones que prevé la normativa, también deben declararse las operaciones en las que, aunque no se repercuta IVA, exista obligación de expedir factura (siempre y cuando superen los 3.005,06 euros).

Si está obligado a presentar el modelo 347, tiene de plazo para hacerlo hasta el próximo  28 de febrero de 2022.

Espero que haya sido de ayuda este Post sobre la declaración de operaciones con terceros. Para ver más visita nuestras noticias de actualidad.

¡Comparte esta noticia!

Share on facebook
Share on whatsapp
Share on linkedin

¿Te gusta nuestro blog?

¡Descubre los secretos del mercado inmobiliario!

Suscríbete ahora y sé el primero en conocer las mejores oportunidades y tendencias del sector.