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LAS OPERACIONES VINCULADAS

LAS OPERACIONES VINCULADAS
LAS OPERACIONES VINCULADAS

¿Qué son las operaciones vinculadas?

Las Operaciones Vinculadas son una clase de transacciones realizadas entre entidades relacionadas, donde una de ellas es la empresa matriz y la otra es una filial o un tercero. Estas operaciones se realizan con el objetivo de obtener un beneficio económico para la empresa matriz. Aunque también pueden ser realizadas con el objetivo de mejorar la posición financiera de la empresa matriz.

Del mismo modo estas se caracterizan por ser transacciones realizadas entre entidades relacionadas, donde una de ellas es la empresa matriz y la otra es una filial o un tercero. Estas transacciones se realizan con el objetivo de obtener un beneficio económico para la empresa matriz. Aunque también pueden ser realizadas con el objetivo de mejorar la posición financiera de la empresa matriz.

Requisitos legales para la notificación

Los requisitos legales para la notificación de operaciones vinculadas son un conjunto de normas y regulaciones que rigen la forma en que las empresas deben notificar a las autoridades competentes sobre sus operaciones vinculadas. Estas normas se establecen para garantizar que las empresas cumplan con los requisitos de transparencia y buen gobierno. Así como para proteger a los inversores y a los mercados financieros.

Las operaciones vinculadas se refieren a transacciones entre dos entidades que están relacionadas entre sí. Esto incluye transacciones entre empresas relacionadas, entre una empresa y sus accionistas, entre una empresa y sus directivos, entre una empresa y sus asesores, entre una empresa y sus proveedores. Estas transacciones pueden ser de compraventa, préstamos, inversiones, etc.

Si su empresa realizó operaciones vinculadas durante el ejercicio 2020, es posible que este mes de noviembre deba presentar el modelo 232

En Resumen, deben declararse en el modelo 232 las siguientes operaciones vinculadas:

  • Las realizadas con una misma entidad que, en conjunto, superen los 250.000 euros.
  • Determinadas operaciones por un importe conjunto de cada tipo de ellas que supere los 100.000 euros. (Ventas de inmuebles, transmisión de participaciones, operaciones con intangibles, etc.)
  • Las operaciones realizadas con paraísos fiscales, independientemente de su cuantía.
  • Y las cesiones de inmovilizados intangibles a entidades vinculadas que disfruten de la reducción del 60% prevista en la normativa del Impuesto sobre Sociedades, también con independencia de su cuantía.

De igual forma hay que tener en cuenta que también es obligatorio declarar las operaciones vinculadas. Aunque no se alcancen los límites indicados en los dos primeros puntos anteriores cuando las operaciones vinculadas del mismo tipo y método de valoración realizadas con una misma entidad vinculada. En conjunto, superen el 50% de la cifra de negocios de la empresa. 

Espero que haya sido de ayuda este Post. Para ver más visita nuestras noticias de actualidad.

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