BIENES ADQUIRIDOS

En caso de venta, la ganancia obtenida tiene un tratamiento especial en el IRPF Cuando se venden un bienes adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994, la ganancia generada debe calcularse, a efectos del IRPF, de la siguiente forma: En concreto, en el caso de inmuebles los coeficientes de abatimiento son del 11,11% por […]
