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BIENES ADQUIRIDOS

BIENES ADQUIRIDOS
BIENES ADQUIRIDOS

En caso de venta, la ganancia obtenida tiene un tratamiento especial en el IRPF

Cuando se venden un bienes adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994, la ganancia generada debe calcularse, a efectos del IRPF, de la siguiente forma:

  • En primer lugar, debe calcularse la ganancia generada antes del 20 de enero de 2006 y la ganancia generada a partir de dicha fecha. En caso de inmuebles se entiende que la ganancia se ha ido generando de forma lineal durante todo el período de tenencia.
  • Sobre la ganancia generada antes del 20 de enero de 2006 se aplican unos coeficientes de abatimiento que reducen la parte de ganancia que tributa. Esta reducción puede llegar a ser del 100%.

En concreto, en el caso de inmuebles los coeficientes de abatimiento son del 11,11% por cada año de permanencia con anterioridad al 31 de diciembre de 1994 (redondeado en exceso).

Esta reducción sólo es aplicable mientras las transmisiones de bienes adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 y realizadas a partir de 2015 no superen los 400.000 euros. Y esta regla debe interpretarse correctamente. Ya que los contribuyentes con varios bienes afectados por este límite pueden elegir a qué bienes aplicar el límite, optimizando así la ganancia que tributa.

¿Cómo se distingue la parte del precio de la transmisión del inmueble que se corresponde a la mejora realizada?

Normalmente se vende un inmueble por un precio conjunto, sin determinar el precio de cada uno de sus elementos. Hacienda pone un ejemplo en el manual de renta 2016 (Pag 385), en que el que señala como mejoras en año distinto la construcción de una piscina y la remodelación del interior del chalet. Pone en ese ejemplo que dichas mejoras costaron 75.000 euros. Y que del precio de venta total, de 500.000 euros, 150.000 euros de la venta corresponden a la parte de la venta de las mejoras, sin especificar como se llega a semejante conclusión.

Espero que haya sido de ayuda este Post relacionado con los bienes adquiridos antes del 21 de diciembre de 1994. Para ver más visita nuestras noticias de actualidad.

Si vende inmuebles u otros bienes nuestros profesionales le ayudarán a calcular el coste en el IRPF, especialmente si alguno de ellos fue adquirido antes del 31 de diciembre de 1994.

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