Los vicios ocultos en arrendamiento local son defectos en el inmueble que el arrendador no conocía al momento de firmar el contrato de arrendamiento. Estos defectos pueden ser de diversa índole, desde problemas estructurales hasta problemas de salubridad.
Los vicios ocultos pueden ser muy costosos para el arrendador, ya que el arrendatario puede exigir una indemnización por los daños causados. Por lo tanto, es importante que el arrendador revise cuidadosamente el inmueble antes de firmar el contrato de arrendamiento.
Los vicios ocultos pueden incluir problemas estructurales como grietas en las paredes, humedad, problemas de plomería, problemas eléctricos, problemas de salubridad, problemas de seguridad, etc. Estos defectos pueden ser difíciles de detectar, ya que a veces no se pueden ver a simple vista.
Identificación de vicios ocultos en arrendamiento local
La Identificación de Vicios Ocultos en Arrendamiento Local es un proceso que se da a cabo ya sea físico o una propiedad. Esto esencialmente es importante para los propietarios que alquilan un local para uso comercial o residencial. El propósito de esta identificación es asegurar que el arrendatario reciba la propiedad en las mismas condiciones en las que fue alquilada.
Durante el proceso de identificación de vicios ocultos, se evalúan todas las áreas de la propiedad, incluyendo la estructura, el sistema eléctrico, el sistema de calefacción, el sistema de agua, los desagües y los techos. También se revisan los documentos legales relacionados con la propiedad, como el contrato de arrendamiento, el título de propiedad y otros documentos legales.
Seis meses para exigir reparación de los vicios ocultos o rescisión del contrato. Sólo cabe indemnizar si hay mala fe del propietario.
Ahora bien, como futuro inquilino de un local, antes de firmar el contrato de arrendamiento debe examinarlo bien (sus acometidas, las instalaciones, etc.). A quien alquila un local se le considera un profesional, y por ello tiene unos deberes de examen y control superiores a los que se exigen a los particulares que alquilan una vivienda. Ahora bien, si existen vicios ocultos (es decir, que no se aprecian a simple vista y que pueden aflorar tras el uso continuado del inmueble). Se les da el mismo tratamiento que en el caso de la compraventa. En consecuencia, dispone de un plazo de seis meses para detectarlos y reclamar, bien su reparación a cargo del arrendador. La rescisión del contrato y la devolución de los alquileres pagados.
Para que aflore la responsabilidad del arrendador, el defecto debe ser invisible, preexistente y convertir el local en inservible de modo que no pueda ser destinado, total o parcialmente, al uso pactado y notificado en plazo. (Los seis meses se cuentan desde la firma del contrato).
No obstante, existe una excepción a lo anterior. Si en el momento de arrendar el propietario ya sabe que hay algunos desperfectos y se lo hace saber, dejarán de ser vicios ocultos. Es frecuente aprovechar que el inquilino tiene que acondicionar el local para incluir la existencia de los defectos en el contrato de arrendamiento y pactar que su reparación corre a cargo de éste a cambio de un período de carencia del pago de la renta, por ejemplo.
Del mismo modo, cuando se den los requisitos anteriores. Se podrá optar por rescindir el contrato, y el propietario deberá devolverle todas las cantidades pagadas desde que apareció el vicio o defecto, incluida la fianza, los gastos de formalización del contrato y una indemnización por los daños sufridos en sus bienes. Eso sí, hay que tener en cuenta lo siguiente:
- Usted sólo le podrá reclamar una indemnización si puede probar que el propietario conocía los vicios y que actuó de mala fe ocultándolos deliberadamente.
- Además, deberá demostrar los daños y perjuicios sufridos a los efectos de poder cuantificar la indemnización solicitada.
Ahora bien, la otra opción que tiene es exigir al propietario que los vicios sean reparados. También es posible pactar que sea usted quien los repare a cambio de una rebaja o carencia temporal en el pago de la renta por el plazo que dure la reparación.
Protección legal para locatarios en casos de vicios ocultos
La protección legal para los locatarios en casos de vicios ocultos es una forma de garantizar que los inquilinos estén protegidos de los daños ocultos que puedan estar presentes en una propiedad alquilada. Esto significa que si un inquilino descubre un defecto oculto en la propiedad alquilada, el inquilino puede exigir una compensación por los daños causados.
Los vicios ocultos pueden incluir una variedad de problemas, desde una estructura defectuosa hasta una plomería defectuosa. Estos problemas pueden ser difíciles de detectar incluso para un profesional calificado, y los inquilinos pueden no tener la capacidad de detectar estos problemas por sí mismos.
En algunos casos, los inquilinos pueden ser responsables de los daños causados por los vicios ocultos. Por ejemplo, si un inquilino causa daños a la propiedad alquilada, el propietario puede exigir una compensación por los daños.
Espero que haya sido de ayuda este Post relacionado con los vicios ocultos en arrendamiento local. Para ver más visita nuestras noticias de actualidad.