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EMPRESAS EMERGENTES

EMPRESAS EMERGENTES
EMPRESAS EMERGENTES

Las empresas emergentes disfrutan de importantes ventajas fiscales.

A partir de 2023 es de aplicación un nuevo régimen para las empresas emergentes, que incluye diversos incentivos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades:

  • Tributar a un tipo reducido del 15% durante los primeros cuatro años, con ganancias desde la constitución.
  • Facilidades al aplazar el pago del Impuesto sobre Sociedades.
  • Estar exoneradas durante dos años de realizar pagos a cuenta.

Se consideran emergentes las entidades de nueva o reciente creación que, entre otros requisitos, desarrollen un proyecto de emprendimiento innovador acreditado, no sean empresas cotizadas y tengan su sede, domicilio social o establecimiento permanente en España.

Aplazamiento de deudas

Podrán solicitar el aplazamiento sin garantías de la deuda del impuesto, en los dos primeros
ejercicios en los que la base imponible sea positiva, siempre que estén al corriente en el
cumplimiento de las obligaciones tributarias (en la fecha de solicitud) y la autoliquidación se
presente en plazo voluntario.

La Administración concederá el aplazamiento por un período de doce meses (en el primer
periodo impositivo) y seis meses (en el segundo periodo impositivo), desde la finalización
del plazo de ingreso en período voluntario de la deuda tributaria.

Espero que haya sido de ayuda este Post. Para ver más visita nuestras noticias de actualidad.

Si tiene previsto constituir una empresa o la ha constituido recientemente, consúltenos. Verificaremos si puede ser considerada emergente y disfrutar de los incentivos del nuevo régimen especial.

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