En este nuevo post te hablaremos sobre la vacunación y las personas con discapacidad. La vacunación es una herramienta crucial para proteger a las comunidades de enfermedades infecciosas. A medida que el mundo enfrenta la pandemia de COVID-19, la vacunación se ha convertido en un tema de especial relevancia. Sin embargo, es esencial abordar las necesidades específicas de las personas con discapacidad para garantizar que no se les excluya del acceso equitativo a las vacunas. En este artículo, exploraremos la importancia de la vacunación en el contexto de las personas con discapacidad. Los desafíos que enfrentan y las medidas necesarias para promover la igualdad y la inclusión en los programas de vacunación.
La importancia de la vacunación para las personas con discapacidad:
Las personas con discapacidad son una parte significativa de la población mundial y, como cualquier otro grupo, pueden estar expuestas a enfermedades infecciosas y correr el riesgo de sufrir complicaciones graves. Además, algunos individuos con discapacidades pueden tener sistemas inmunológicos más vulnerables o condiciones de salud subyacentes que los hacen más susceptibles a infecciones. Por lo tanto, la vacunación se vuelve aún más crucial para proteger su salud y bienestar.
El Constitucional avala la vacunación de una anciana con alzheimer contra el criterio «antivacunas» de su hijo y tutor
Ahora bien, el Tribunal Constitucional (TCo) ha desestimado el recurso de amparo que interpuso el hijo y tutor de una anciana con alzheimer ingresada en un centro residencial. Tras autorizarse judicialmente que fuese vacunada contra la COVID-19.
Del mismo modo, el recurso iba contra la autorización dada a la residencia por un juez para que se administrase la a la anciana, con demencia severa, que no podía prestar por sí misma el consentimiento. El hijo había mostrado contrario a la vacunación de su madre y consideraba que esta decisión judicial vulneraba los derechos fundamentales de la persona vacunada.
Así que la anciana, además de encontrarse en una situación en la que no puede manifestar su voluntad al respecto, no dejó instrucciones al respecto cuando todavía estaba en condiciones de decidir.
El TCo aprecia que la negativa a la administración de la vacuna manifestada por el hijo es completamente genérica y sin fundamentación. Ni siquiera va ligada a la desconfianza suscitada por una concreta vacuna experimental con breves ensayos clínicos, pues se rechaza la administración de cualquier vacuna. Es decir, la decisión del tutor obedece a una posición personal contraria a la vacunación en general.
Recuerda el TCo que la misión del tutor como persona llamada a prestar apoyo no es la de sustituir las convicciones de la persona con discapacidad por las suyas propias, sino velar por el respeto a la voluntad, deseos y preferencias de aquella.
No obstante, más allá de esa actuación vicarial, como portavoz de los deseos de la persona afectada. La capacidad decisoria de quien presta apoyo queda circunscrita a la búsqueda de la realización del interés de la persona afectada. Lo que ha de responder, a criterios objetivos que son plenamente fiscalizables por la autoridad judicial.
El juez autorizante ponderó adecuadamente del interés de la anciana, de manera proporcionada a sus necesidades y de acuerdo con las circunstancias concurrentes. (Fiabilidad de la concreta vacuna, riesgo asociados, contexto en razón de la edad y residencia en un centro de ancianos, etc.).
Espero que haya sido de ayuda este post sobre la vacunación y las personas con discapacidad. Para ver más visita nuestras noticias de actualidad.