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El CORTE DE SUMINISTRO POR IMPAGO

El CORTE DE SUMINISTRO POR IMPAGO
El CORTE DE SUMINISTRO POR IMPAGO

En este post te hablaremos sobre el corte de suministro por impago. En el mundo moderno, tener acceso a servicios básicos como el suministro de electricidad, agua y gas es esencial para llevar una vida cómoda y segura. Sin embargo, en ocasiones, situaciones económicas adversas pueden llevar a dificultades para cumplir con las obligaciones de pago de estos servicios. Cuando ocurre el impago, las empresas proveedoras se ven en la necesidad de tomar medidas para proteger sus intereses y asegurar la continuidad del servicio para el resto de sus clientes. Una de estas medidas es el corte de suministro por impago. En este artículo, exploraremos las consecuencias de esta acción y analizaremos posibles soluciones.

¿Qué es el corte de suministro por impago?

El corte de suministro por impago es una medida tomada por las empresas proveedoras de servicios básicos cuando los usuarios no cumplen con sus obligaciones de pago durante un período prolongado de tiempo. Aunque las regulaciones y los procedimientos pueden variar según el país y el servicio específico. Generalmente se sigue un proceso que incluye avisos previos y oportunidades para resolver la situación antes de que se produzca el corte.

Consecuencias para los usuarios sobre el corte de suministro por impago:

El corte de suministro por impago puede tener diversas consecuencias para los usuarios. Algunas de las más significativas son las siguientes:

  1. Interrupción de servicios esenciales: La falta de suministro de electricidad, agua o gas puede afectar directamente la calidad de vida de las personas. Sin acceso a estos servicios, las actividades diarias básicas, como la iluminación, la refrigeración, la calefacción y el acceso al agua potable, se ven comprometidas.
  2. Riesgos para la salud y la seguridad: La interrupción del suministro puede tener un impacto negativo en la salud y la seguridad de los usuarios. Por ejemplo, la falta de electricidad puede afectar a personas que dependen de equipos médicos, mientras que la falta de agua puede causar problemas de higiene y saneamiento.

Medidas de mitigación y soluciones:

Aunque el corte de suministro por impago puede ser una medida necesaria para proteger los intereses de las empresas proveedoras. También es importante considerar medidas de mitigación y soluciones para ayudar a los usuarios a superar dificultades económicas temporales. Algunas posibles soluciones son:

  1. Programas de asistencia y opciones de pago: Las empresas proveedoras pueden ofrecer programas de asistencia para ayudar a los usuarios en situaciones de dificultad financiera. Estos programas pueden incluir opciones de pago flexibles, descuentos para familias de bajos ingresos o asesoramiento financiero.
  2. Educación y concientización: Es fundamental brindar educación financiera y concientizar a los usuarios sobre la importancia de cumplir con sus obligaciones de pago.

Los ayuntamientos tienen el deber de informar expresamente si se trata de una familia vulnerable

Ahora bien, las entidades suministradoras, ante el impago del hogar suministrado. Deben solicitar a la Administración municipal correspondiente un informe sobre la posible situación de vulnerabilidad de la unidad familiar deudora, como paso necesario y previo al corte del suministro.

Así lo ha hecho una suministradora de gas en Cataluña, pero el ayuntamiento correspondiente no emitió informe alguno. La suministradora recurrió la inactividad de esta Administración, pero los tribunales entendieron que se trataba de un supuesto de silencio administrativo, no de inactividad del ayuntamiento.

Del mismo modo, la suministradora acudió al Tribunal Supremo (TS). Al objeto de que determinase si la falta de emisión del informe solicitado al ayuntamiento sobre situación de vulnerabilidad constituía, como defendía ella. Un supuesto de inactividad administrativa o constituye un supuesto de silencio administrativo, como sostiene la Administración.

No obstante, el TS ha dado la razón, en una reciente sentencia, a la empresa suministradora, considerando que se trata de una cuestión de inactividad administrativa. La consecuencia es que el ayuntamiento debe emitir ese informe sin el cual no puede la suministradora proceder, en su caso, al corte del suministro.

El TS viene manteniendo esta postura que ve necesario. Para evitar el corte de suministros a una familia vulnerable, que los ayuntamientos emitan un informe que determine si el impago se debe a una situación de exclusión social. Esta determinación difiere de lo que recoge la ley catalana de pobreza energética. Que obliga a la Administración a emitir el documento en un periodo de 15 días y precisa que, si no lo emite, se entiende que la unidad familiar se encuentra efectivamente en situación de riesgo de exclusión residencial.

Ahora bien, la explicación técnico-jurídica del TS. Para exigir en todo caso el informe es que el silencio administrativo es un mecanismo para favorecer al particular en el ejercicio de derechos y facultades que el ordenamiento le reconoce, y no es factible en un supuesto como este, puesto que las consecuencias son restrictivas y avoca a la entidad suministradora a acudir a la vía contenciosa con la sola finalidad de aclarar si hay situación de vulnerabilidad social o no. Como paso obligado y anterior al corte de suministro de gas por impago.

Espero que haya sido de ayuda este post sobre el el corte de suministro por impago. Para ver más visita nuestras noticias de actualidad.

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