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EL MODELO 720 Y SUS SANCIONES

EL MODELO 720 Y SUS SANCIONES
EL MODELO 720 Y SUS SANCIONES

¿Cómo presentarlo?

En este post te hablaremos sobre el modelo 720 y sus sanciones. Es una declaración informativa obligatoria que los contribuyentes españoles deben presentar ante la Agencia Tributaria para informar sobre sus bienes y derechos situados en el extranjero. Esta declaración se presenta una vez al año, aunque los contribuyentes también pueden presentarla de forma voluntaria.

La declaración debe presentarse antes del 30 de junio de cada año y contiene información sobre los bienes y derechos situados en el extranjero de los contribuyentes. Como cuentas bancarias, inversiones, bienes inmuebles, vehículos, etc. Esta información se utiliza para controlar el cumplimiento de la normativa fiscal española.

Las sanciones relativas al modelo 720 son contrarias al derecho comunitario y no pueden exigirse

El Modelo 720 es un documento que debe presentar cualquier ciudadano español que tenga bienes, derechos o intereses situados en el extranjero. Si un contribuyente no lo presenta a la Agencia Tributaria, se le impondrá una sanción.

Ahora bien, las sanciones por no presentar el Modelo 720 varían en función de la cantidad de bienes, derechos o intereses que tengan los contribuyentes en el extranjero. Si el valor de los bienes, derechos o intereses es inferior a 50.000 euros, la sanción será de 1.000 euros. Si el valor de los bienes, derechos o intereses es superior a 50.000 euros, la sanción será de 2.000 euros.

Las sanciones por no presentar o por presentar fuera de plazo la declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720) eran muy elevadas. En concreto:

  • En caso de presentación fuera de plazo con requerimiento previo, la sanción es de 5.000 euros por dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 10.000 euros.
  • Si se deja de declarar algún activo adquirido con rentas no declaradas, dichas rentas no prescriben; se debe tributar por ellas (en el IRPF o IS) y es aplicable una sanción sobre la cuota no ingresada del 150%.

Así que, el Tribunal Europeo ha declarado que dichas sanciones son contrarias al derecho comunitario. Ya que suponen una restricción a la libre circulación de capitales. En la práctica:

  • La obligación de presentar el modelo 720 sigue existiendo, por lo que en marzo de 2022 debe volver a presentarse (en este caso, el relativo al año 2021).
  • Hacienda deberá anular todas las regularizaciones derivadas de dicho modelo que todavía no sean firmes (por ejemplo, sanciones recurridas pendientes de resolución).
  • En caso de sanciones y liquidaciones firmes (por no haber sido ser recurridas o por haber sido confirmadas), los contribuyentes afectados todavía tienen la posibilidad de solicitar su devolución, bien acudiendo a un procedimiento de nulidad de pleno derecho o a través de un procedimiento de responsabilidad patrimonial del estado.

¿Cuáles son los bienes y derechos que hay que declarar?

Este modelo es una declaración informativa que debe presentar ante la Agencia Tributaria cualquier contribuyente que tenga bienes o derechos situados en el extranjero. Esta declaración se realiza anualmente y debe contener información sobre los bienes y derechos situados en el extranjero, como cuentas bancarias, valores, inmuebles, vehículos, embarcaciones, etc.

Los bienes y derechos que hay que declarar en el Modelo 720 son los siguientes:

  • Cuentas bancarias y otros depósitos situados en el extranjero.
  • Valores y otros instrumentos financieros situados en el extranjero.
  • Inmuebles situados en el extranjero.
  • Vehículos situados en el extranjero.
  • Embarcaciones situadas en el extranjero.
  • Participaciones en entidades situadas en el extranjero.
  • Otros bienes y derechos situados en el extranjero.

Espero que haya sido de ayuda este Post sobre el modelo 720 y sus sanciones. Para ver más visita nuestras noticias de actualidad.

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